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Formas de solicitar información y cuales están disponibles
Todos los ciudadanos y ciudadanas, así como cualquier institución, tanto pública como privada, estudiantes, medios de comunicación, entre otros sectores, pueden solicitar información en esta Junta Central Electoral (JCE), acudiendo personalmente a nuestra Dirección de Acceso a la Información Pública, localizada en la primera planta del edificio principal de la Junta Central Electoral, ubicada en la avenida Luperón esquina avenida 27 Febrero, frente a la Plaza de la Bandera, en esta capital, donde deberá llenar el formulario de “Solicitud de Información”, (DAI:01-2011), para formalizar sus requerimientos sobre actas, resoluciones, resultados electorales, informes de gestión y cualquier información requerida, que este amparada por la Ley No. 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública. También puede obtener orientación sobre nuestros servicios e instancias: Registro Civil, Cedulación, Registro Electoral, Elecciones, Voto del Dominicano en el Exterior, Partidos Políticos, Captura de Datos Biométricos, Certificaciones, Centros de Cedulación, Escuela Nacional de Formación Electoral y del Estado Civil (EFEC), Centros de Servicios, Juntas Municipales, Oficialías, entre otros.
Qué es el Sistema JCE-Responde ?
Es un sistema creado por la Junta Central Electoral, para atender sugerencias, denuncias y solicitudes de información; en cumplimiento a lo establecido en la Ley 200-04, que faculta el libre acceso a la información pública, en este caso, a través de este medio de digital.
Mediante esta herramienta, los ciudadanos y ciudadanas podrán realizar sugerencias, denuncias y solicitudes de información concernientes a: Registro Civil, Cedulación, Registro Electoral, Elecciones, Datos Biométricos, Partidos Políticos, en fin, cualquier inquietud que tenga de los servicios que ofrecemos, informes de gestión o sobre nuestras instancias. Favor hacer sus solicitudes de información en nuestro sistema JCE Responde aquí » http://contacto.jce.gob.do/jceweb/
Beneficios
 Acceso virtual a las solicitudes de información por parte de la ciudadanía, medios de comunicación y organizaciones de la sociedad civil;
 Reducción o eliminación de costos, principalmente en la reproducción y envío de las informaciones, al evitar el traslado físico de documentos y personas, entre otros;
 Mayor rapidez en el procesamiento de las solicitudes;
 Todos los departamentos cuentan con una herramienta automatizada para administrar las solicitudes de información;
 La Dirección de Acceso a la Información puede supervisar y ver el estado de todas las solicitudes que llegan a todas las dependencias de la JCE, vigilando así el fiel cumplimiento de los plazos de respuesta establecidos en la Ley 200-04.
Cumpliendo con lo establecido en la Ley No.200-04 y su Reglamento de aplicación vigente, la Dirección de Acceso a la Información Publica de la Junta Central Electoral, deberá proveer a todas las instancias de la sociedad dominicana, que requieran cualquier tipo de información de los múltiples servicios que ofrece la JCE a la ciudadanía, y en sentido general, sobre las disposiciones, regulaciones y reglamentos que emanen del Pleno de esta institución, de acuerdo al artículo No. 7, de la Ley No. 200-04, que faculta a esta entidad a entregar y ceder las informaciones solicitadas.
La Junta Central Electoral, a través de su Dirección de Libre Acceso a la Información Pública, se reserva el derecho de no ofrecer ninguna información que pudiera afectar el éxito de alguna medida de carácter público. También, cuando se trate de informaciones que pudieran afectar el funcionamiento del sistema bancario o financiero del país y cuando dicha entrega pueda comprometer la estrategia procesal preparada por la administración en el trámite de una causa judicial, entre otros aspectos. De acuerdo a lo establecido en los artículos No. 17 y 18, de la Ley No. 200-04 .
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